Asefinanzas

Firma contable de Auditoria, Revisoría fiscal, implementación NIIF y actividades afines.

Fue constituida como sociedad limitada el 26 de Mayo de 1995, mediante escritura 1940 de la notaria 40, bajo registro mercantil No 650295 de la Cámara de Comercio de Bogotá, convertida a Sociedad anónima simplificada por acciones mediante acta No. 003 del 25 de Octubre de 2014.

Asefinanzasas S.A.S cuenta con un grupo de profesionales cuidadosamente seleccionados los cuales se encuentran especializados en las diferentes áreas de la contabilidad y de las finanzas.

Contamos con personal capacitado en Auditoria, Revisoría fiscal, costos, legislación tributaria, manejo de inventarios, legislación laboral, manejo de seguros, manejo y administración de aplicaciones contables, elaboración de procedimientos y manuales de control interno, presupuestos, implementación de NIIF y demás actividades afines.

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Asesoría Contable, Financiera y Tributaria

Nuestra firma tiene un enfoque encaminado a ser una herramienta útil..

Revisoría Fiscal

Asefinanzas SAS dando cumplimiento a la normatividad Colombiana Cuenta con un equipo profesional

Auditoria Integral y Estratégica

Los servicios de Auditoria prestados por ASEFINANZAS, están encaminados a brindar un apoyo…

Asesoría Gerencial y Empresarial

Asefinanzasas SAS, es una firma comprometida con el emprendimiento…

Asesoría Laboral

Soluciones eficaces así como una actividad ágil, experta y rigurosa en materia de…

Implementación N.I.I.F

Dentro del proceso de globalización que requieren todas las actividades…

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Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los Beneficios de cambiar del régimen ordinario de renta al régimen simple de tributación?

  • No está sujeto a la retefuente: a esto se suma que los contribuyentes no deben practicar retenciones y autorretenciones en la fuente.
  • Puede disminuir el valor de las tasas, gracias a que la tarifa para el régimen simple de tributación va desde el 1.8% hasta el 14.5%, en comparación de la tarifa que se debe pagar con el impuesto sobre la renta, el cual tiene un incremento periódico de más del 33%
  • Con este nuevo régimen evita actuar con agente retenedor.

¿Cuál es la sanción por no declarar renta?

Según lo indica el artículo 643 del estatuto tributario será:

«En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, al veinte por ciento (20%) del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien persiste en su incumplimiento, que determine la Administración Tributaria por el período al cual corresponda la declaración no presentada, o al veinte por ciento (20%) de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada, el que fuere superior.»

Ejemplo si sus consignaciones bancarias durante el año 2021 fueron de $60.000.000

Pero los ingresos brutos declarados en el año 2020 ascienden a $ 48.000.000

¿Sabía usted que la venta de su casa de habitación le puede generar un impuesto de ganancia ocasional?

Vender su inmueble es una decisión que puede implicar el pago del impuesto a la ganancia ocasional y pocas personas prestan atención a esta situación.

Un activo fijo es aquella propiedad o bien que el contribuyente tiene para su uso, para trabajar, para generar renta, y que no está destinado a ser comercializado. Es el caso de la casa o apartamento de la persona natural, o su vehículo familiar.

Ahora bien la venta de los activos fijos genera una ganancia ocasional en los términos del artículo 300 del estatuto tributario que establece:

«Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sujetos a este impuesto, las provenientes de la enajenación de bienes de cualquier naturaleza, que hayan hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos años o más.»

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